Editorial
El Proyecto de Constitución de la República de Cuba
The Project of Constitution of the Republic of Cuba
Cuando salga a la luz este editorial, se habrá recorrido la mitad de camino del proceso de consulta popular del proyecto de la nueva Constitución del pueblo cubano, comenzado el 13 de agosto y que culminará el próximo 15 de noviembre. Es un proceso único en el mundo, donde el pueblo deviene en órgano constituyente de la nación. Como parte de ese proceso se discute el proyecto en todos los centros de trabajo, de estudio, en las comunidades y barrios, con los obreros, campesinos, estudiantes, profesionales, artistas, científicos, vecinos, las organizaciones políticas, de masas, sociales y en las unidades militares.
En el Informe Central del Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba,(1) refiriéndose a la discusión y análisis del proyecto de Constitución de 1976, primera de la etapa revolucionaria, el compañero Fidel Castro Ruz destacó el proceso de ejemplar democracia en la consulta con el pueblo al expresar que "alrededor de 6 millones 200 mil personas tomaron parte en la discusión del proyecto". Es un principio de la Revolución cubana que el pueblo participe en la conformación de las principales normas, políticas y leyes del país.
En la Constitución vigente, proclamada en 1976 y reformada en 1978,1992 y 2002, se declara que Cuba es un Estado socialista, cuya soberanía reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. La Constitución institucionalizó muchos aspectos de la vida nacional que ya se venían aplicando por acuerdos del Consejo de Estado o de Ministros. En estas líneas trataremos de darle un vistazo a la Constitución vigente y a la propuesta analizada en la consulta popular en los aspectos referidos a la salud.
La atención a la salud y a la educación han sido tareas priorizadas de nuestra Revolución desde sus inicios. Fidel Castro Ruz, en su alegato de defensa ante el ataque al Cuartel Moncada, conocido como "La Historia me Absolverá" planteó lo siguiente: "el problema de la tierra, el problema de la industrialización, el problema de la vivienda, el problema del desempleo, el problema de la educación y el problema de la salud del pueblo; he ahí concretados los seis puntos a cuya solución se hubieran encaminados resueltamente nuestros esfuerzos, junto con la conquista de las libertades públicas y la democracia política".(2)
En la lucha revolucionaria en las montañas orientales, las zonas liberadas por el Ejército Rebelde prestaban atención médica gratuita a la población campesina. En los primeros años de la Revolución se establecieron los principios de la Salud Pública Socialista cubana: carácter estatal socialista, orientación profiláctica, accesibilidad y gratuidad general, integridad y desarrollo planificado, unidad de la ciencia, la docencia y la práctica médica, participación activa de la población, intersectorialidad e internacionalismo.(3)
En la Constitución actual, en su artículo 49, se menciona que "el Estado garantiza el derecho a la protección, seguridad e higiene del trabajo, mediante la adopción de medidas adecuadas para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales. El que sufre un accidente en el trabajo o contrae una enfermedad profesional tiene derecho a la atención médica y a subsidio o jubilación en los casos de incapacidad temporal o permanente para el trabajo".(4)
El artículo 80 del proyecto de la nueva Constitución, los dos párrafos que tratan sobre Medicina del Trabajo son similares. Solo se sustituye la noción de "higiene del trabajo" por el de "salud en el trabajo".(5)
En la Constitución actual, en su artículo 50, se expresa que todos tienen derecho a que se atienda y proteja su salud y el Estado garantiza este derecho con la prestación de la asistencia médica y hospitalaria gratuita, además de mencionar las distintas instalaciones del sistema nacional de salud y los planes, medidas y actividades que garantizan este derecho.(4)
En el capítulo II del proyecto de la nueva Constitución que versa sobre los Derechos Individuales, en el artículo 43, se enuncia que "el Estado garantiza a todos sus ciudadanos la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura y su desarrollo integral". (5)
El artículo 83 expresa: "La salud pública es un derecho de todas las personas. El Estado garantiza el acceso y la gratuidad de los servicios de atención, protección y recuperación. La ley define el modo en que los servicios de salud se prestan".(5)
La Revista Cubana de Salud Pública defiende la idea de que en el proyecto de la nueva Constitución hay un concepto más amplio y moderno de la salud pública, con un carácter más social y mucho más enfocado en el bienestar de la población. En el capítulo III, sobre los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, se reconocen o garantizan derechos que inciden directamente en el estado de salud de la población.(5)
Los artículos que refieren vínculos con la salud son los siguientes:
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80 y 83, ya citados;
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82: reconoce el derecho de las personas a una vivienda digna;
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84: el Estado garantiza los servicios de educación gratuitos y asequibles;
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85: establece el derecho de las personas al deporte, la educación física y la recreación;
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86: proclama el derecho de las personas a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado;
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87 establece el derecho de las personas al agua, su uso racional. El Estado trabaja para garantizar el acceso al agua potable y a su saneamiento;
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88: se reconoce el derecho de las personas a la alimentación. El Estrado trabaja para alcanzar la seguridad alimentaria de toda la población;
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89 establece el derecho de las personas a consumir bienes y servicios de calidad y que no atenten contra su salud;
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90: declara el derecho a participar en la vida cultural y artística de la nación.
Aún con insuficiencias y aspectos que mejorar y superar en su sistema de salud, Cuba es un ejemplo de atención y protección de su población. Los servicios que se ofrecen a todos los ciudadanos, su accesibilidad y gratuidad, su carácter científico, la concepción de promoción de la salud y prevención de enfermedades, daños y riesgos y la atención integral de la salud, enfatizando en la Atención Primaria y en el médico y enfermera de la familia como el eslabón básico del sistema, la calidad en la formación del personal de nivel superior y medio, nos ha permitido disfrutar de indicadores de salud de altísima calidad.
El proyecto constitucional que estamos discutiendo reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, base de nuestro bienestar, el papel rector del Partido Comunista de Cuba y significa un marco jurídico que garantiza el continuo mejoramiento de los indicadores de salud y la satisfacción de nuestra población.
Dr. C. JUAN VELA VALDÉS
Director de la Revista Cubana de Salud Pública.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Castro Ruz F. Primer Congreso del Partido Comunista de Cuba. Informe Central. Departamento de Orientación Revolucionaria, editor. La Habana; 1975.
2. Castro Ruz F. La Historia me absolverá. La Habana: Editorial Ciencias Sociales; 1975. p. 77.
3. Narey B, Aldereguía J. Medicina Social y Salud Pública en Cuba. Ciudad de La Habana: Pueblo y Educación; 1990.
4. Asamblea Nacional del Poder Popular. Constitución de la República de Cuba. Gaceta Oficial de la República de Cuba. CI:(3), ed. Extraordinaria. La Habana: La Habana: Empresa de Artes Gráficas Federico Engels; 2003.
5. Asamblea Nacional del Poder Popular. Proyecto de Constitución de la República de Cuba. La Habana: Empresa de Artes Gráficas Federico Engels; 2018.
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